{"id":342,"date":"2021-05-23T01:56:59","date_gmt":"2021-05-23T01:56:59","guid":{"rendered":"https:\/\/asesoriaimpuestos.com.mx\/?p=342"},"modified":"2021-05-29T00:31:26","modified_gmt":"2021-05-29T00:31:26","slug":"outsourcing-2021-dan-3-meses-a-empresas-para-eliminar-subcontratacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/asesoriaimpuestos.com.mx\/index.php\/2021\/05\/23\/outsourcing-2021-dan-3-meses-a-empresas-para-eliminar-subcontratacion\/","title":{"rendered":"Dan 3 meses a empresas para eliminar la subcontrataci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<h2>De acuerdo con la Reforma laboral al outsourcing 2021<\/h2>\n\n\n\n<p><strong>Ya qued\u00f3 prohibida la subcontrataci\u00f3n laboral en M\u00e9xico, esto tiene como finalidad eliminar la violaci\u00f3n a los derechos de los trabajadores y la evasi\u00f3n del Reparto de Utilidades.<\/strong><br><\/p>\n\n\n\n<p>Con esta prohibici\u00f3n, ahora las agencias empleadoras o intermediarios solo podr\u00e1n realizar las siguientes actividades:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Proceso de reclutamiento<\/li><li>Selecci\u00f3n de personal<\/li><li>Capacitaci\u00f3n<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Pero en ning\u00fan momento podr\u00e1n ser considerados como patrones, ya que esa obligaci\u00f3n ser\u00e1 \u00fanicamente del empleador.<br><\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, esta reforma establece muy claramente que solo se cuenta con un plazo de 90 d\u00edas despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n del decreto en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n (DOF) publicado el pasado 23 de abril de 2021, en el cual se modificaron las reformas laborales, fiscales y de seguridad social, donde queda prohibida la subcontrataci\u00f3n laboral para solo permitirse la prestaci\u00f3n de servicios especializados o ejecuci\u00f3n de obras especializadas; aunado a todo esto, han surgido distintos cuestionamientos sobre cu\u00e1les son las circunstancias propias de dichos elementos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Se ha modificado la forma de organizaci\u00f3n de las empresas, por una parte, se proh\u00edbe la subcontrataci\u00f3n de personal, y por otra, permite la subcontrataci\u00f3n de servicios especializados o de ejecuci\u00f3n de obras especializadas. Si bien, los t\u00e9rminos de subcontrataci\u00f3n en ambos rubros dan cabida a la confusi\u00f3n, no son los mismo y tienen una intenci\u00f3n distinta. A continuaci\u00f3n, diferenciaremos ambos rubros:<\/p>\n\n\n\n<h3>El art\u00edculo 12 de la Ley Federal del Trabajo (LFT)<\/h3>\n\n\n\n<p>Proh\u00edbe la subcontrataci\u00f3n de personal y la puntualiza de la siguiente forma: \u00abcuando una persona f\u00edsica o moral proporciona o pone a disposici\u00f3n trabajadores propios en beneficio de otra\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<h3>Por otra parte, el art\u00edculo 13 de la LFT<\/h3>\n\n\n\n<p>Permite la subcontrataci\u00f3n de servicios especializados o de ejecuci\u00f3n de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad econ\u00f3mica preponderante de la beneficiaria de esta, y que el contratista este debidamente registrado ante la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social\u00a0(STPS). En este punto, es especifico y la legislaci\u00f3n omite una definici\u00f3n concreta de mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, las empresas que se dediquen a prestar servicios especializados que proporcionan o ponen a disposici\u00f3n trabajadores propios en beneficio de otra, podr\u00edamos estar hablando de subcontrataci\u00f3n para efectos laborales. Asimismo, si el servicio prestado al cliente no forma parte del objeto social ni de la actividad econ\u00f3mica preponderante de este, el servicio prestado puede ser considerado como un servicio especializado, lo cual conlleva las siguientes obligaciones:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La subcontrataci\u00f3n de servicios especializados o de ejecuci\u00f3n de obras especializadas deber\u00e1 formalizarse mediante un contrato por escrito en el que se se\u00f1ale el objeto de los servicios a proporcionar o las obras a ejecutar, as\u00ed como el n\u00famero aproximado de trabajadores que participar\u00e1n en el cumplimiento de dicho contrato, esto seg\u00fan el articulo 14 de la LFT.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<h2>Art\u00edculo 15 de la Ley Federal Trabajo<\/h2>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 15 de la Ley Federal del Trabajo nos menciona que las personas f\u00edsicas o morales que proporcionen los servicios de subcontrataci\u00f3n deber\u00e1n contar con registro ante la STPS. Para obtener dicho registro deber\u00e1n acreditarse y estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. El registro al que hace menci\u00f3n este art\u00edculo deber\u00e1 ser renovado cada tres a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo que, de inicio, cuando se detecte que el despacho presta un servicio especializado a trav\u00e9s de la subcontrataci\u00f3n conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT), debe contemplar el solicitar el registro ante la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social (STPS), mismo que se otorgar\u00e1 siempre que se demuestre que se est\u00e1 al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social; teniendo un plazo de 20 d\u00edas para que la STPS avise que se acredit\u00f3 el supuesto y se inscribi\u00f3 al interesado en dicho registro. Hay que recordar que la STPS tiene tambi\u00e9n la facultad de negar o cancelar en cualquier tiempo el registro de aquellas personas f\u00edsicas o morales que no cumplan con los requisitos previstos por la LFT.<\/p>\n\n\n\n<p>En particular, tenemos el caso de las firmas de asesor\u00eda contable, quienes deber\u00e1n reconocer las caracter\u00edsticas del servicio que prestan a sus clientes, distinguiendo la manera en que los llevan a cabo, los cuales, entre otros, pueden abarcar la consultor\u00eda, servicios de elaboraci\u00f3n de contabilidad, n\u00f3mina e impuestos, as\u00ed como dejar personal a cargo de las empresas para que realicen las actividades contratadas, es decir, que se encuentren bajo cierta direcci\u00f3n del cliente; como por ejemplo, que realicen sus funciones dentro de las instalaciones del cliente y cumpliendo con el mismo horario de trabajo, que haya entrega de equipo y licencias donde se realicen sus actividades, entre otras caracter\u00edsticas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo con la Reforma laboral al outsourcing 2021 Ya qued\u00f3 prohibida la subcontrataci\u00f3n laboral en M\u00e9xico, esto tiene como finalidad eliminar la violaci\u00f3n a los derechos de los trabajadores y la evasi\u00f3n del Reparto de Utilidades. 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